46 | | ||'''''Ausencia de Garantía'''''||Sección 5 a- A menos que de otro modo sea entendido realizado por el (licenciante) Concedente, en la medida de lo posible, el Licenciante ofrece el Material Autorizado tal cual y como esta disponible, y no hace representaciones o garantías de ningún tipo en relación con el material autorizado, ya sea expresa, implícita, legal, u otra . Esto incluye, sin limitación, las garantías de título, comerciabilidad y adecuación para un propósito particular, sin infracción, ausencia de defectos latentes u otros defectos, inexactitud, o la presencia o ausencia de errores, conocidos o aún o por detectarse. Donde no es permitida la negaciones de garantías en su totalidad o en parte, esta exención de responsabilidad no puede ser aplicada.|| ||Deja a voluntad de las partes el establecimiento de garantías. De no establecerlas las partes o la legislación, el licenciante no ofrece garantías respecto de la obra. Si la legislación patria no permite la exclusión de garantías ímplicitas, la exclusión no se aplica.||El documento puede incluir Limitaciones de Garantía cercanas a la nota donde se declara que al documento se le aplica esta Licencia. Se considera que estas Limitaciones de Garantía están incluidas, por referencia, en la Licencia, pero sólo en cuanto a limitaciones de garantía: cualquier otra implicación que estas Limitaciones de Garantía puedan tener es nula y no tiene efecto en el significado de esta Licencia. || || || || |
47 | | ||'''''Ausencia de Responsabilidad'''''||Sección 5 b. En la medida en que sea posible, en ningún caso el Licenciante será responsable frente a Usted bajo ninguna teoría legal (incluyendo, sin limitación, la negligencia) o de otra forma, por las pérdidas directas, especiales, indirectos, incidentales, consecuentes, punitivas, ejemplares, u otras perdidas, costos, (costas) gastos o daños que surjan bajo esta Licencia Pública o por el uso del material licenciado, incluso si el Licenciante ha sido advertido de la posibilidad de tales pérdidas, costos, gastos, daños y perjuicios. Donde no se permita la limitación de la responsabilidad en su totalidad o en parte, esta limitación no puede aplicarse a usted.|| ||Exime de responsabilidad extracontractual o contractual, objetivas o subjetivas, se trate de daños morales o patrimoniales, directos o indirectos, previstos o imprevistos producidos por el uso de la licencia o de la obra, salvo que lo exija expresamente la ley aplicable.||La licencia no establece nada al respecto. || || || || |
48 | | ||'''''Prohibición de Patentes'''''||Patentes y derechos de marcas no versarán sobre los derechos concedidas bajo esta licencia.|| || ||La licencia no establece nada al respecto.|| || || || |
49 | | ||'''''Resolución de Conflictos'''''||No lo plantea.|| ||No lo establece de manera expresa; sin embargo, la cláusula 8(e) indica que la licencia refleja el acuerdo entre las partes lo que lleva a presumir que la resolución de conflictos debe hacerse en forma amistosa.|| || || || |
| 46 | ||'''''Ausencia de Garantía'''''||Sección 5 a- A menos que de otro modo sea entendido realizado por el (licenciante) Concedente, en la medida de lo posible, el Licenciante ofrece el Material Autorizado tal cual y como esta disponible, y no hace representaciones o garantías de ningún tipo en relación con el material autorizado, ya sea expresa, implícita, legal, u otra . Esto incluye, sin limitación, las garantías de título, comerciabilidad y adecuación para un propósito particular, sin infracción, ausencia de defectos latentes u otros defectos, inexactitud, o la presencia o ausencia de errores, conocidos o aún o por detectarse. Donde no es permitida la negaciones de garantías en su totalidad o en parte, esta exención de responsabilidad no puede ser aplicada.|| Establece que salvo mutuo acuerdo por escrito entre las partes, el licenciante ofrece la obra tal como es y sin brindar garantías de ningún tipo respecto de la obra, ya sea expresa, implícita, por ley o de otra manera, incluyendo, sin limitaciones, las garantías de titularidad, comercialización, idoneidad para un propósito particular, infracción, o la ausencia de defectos latentes, exactitud, o la presencia o ausencia de errores, sean o no descubribles. |
| 47 | Algunas jurisdicciones (Código Civil de Venezuela) no permiten la exclusión de garantías, por lo que puede no ser aplicable al licenciatario. ||Deja a voluntad de las partes el establecimiento de garantías. De no establecerlas las partes o la legislación, el licenciante no ofrece garantías respecto de la obra. Si la legislación patria no permite la exclusión de garantías ímplicitas, la exclusión no se aplica.||El documento puede incluir Limitaciones de Garantía cercanas a la nota donde se declara que al documento se le aplica esta Licencia. Se considera que estas Limitaciones de Garantía están incluidas, por referencia, en la Licencia, pero sólo en cuanto a limitaciones de garantía: cualquier otra implicación que estas Limitaciones de Garantía puedan tener es nula y no tiene efecto en el significado de esta Licencia. || || || || |
| 48 | ||'''''Ausencia de Responsabilidad'''''||Sección 5 b. En la medida en que sea posible, en ningún caso el Licenciante será responsable frente a Usted bajo ninguna teoría legal (incluyendo, sin limitación, la negligencia) o de otra forma, por las pérdidas directas, especiales, indirectos, incidentales, consecuentes, punitivas, ejemplares, u otras perdidas, costos, (costas) gastos o daños que surjan bajo esta Licencia Pública o por el uso del material licenciado, incluso si el Licenciante ha sido advertido de la posibilidad de tales pérdidas, costos, gastos, daños y perjuicios. Donde no se permita la limitación de la responsabilidad en su totalidad o en parte, esta limitación no puede aplicarse a usted.|| El licenciante no será responsable frente al licenciatario por daño alguno, sea por responsabilidad extracontractual o contractual, objetiva o subjetiva, sean daños morales o ptrimoniales, directos o indirectos, previstos o imprevistos producidos por el uso de esta licencia o de la obra, aún cuando el licenciante haya sido advertido de la posibilidad de dichos daños, salvo que algunas leyes no permitan la exclusión de cierta responsabilidad y/o prevean expresamente el derecho de indemnización a favor del licenciatario (Código Civil de Venezuela), en cuyo caso esta exclusión no será aplicable. ||Exime de responsabilidad extracontractual o contractual, objetivas o subjetivas, se trate de daños morales o patrimoniales, directos o indirectos, previstos o imprevistos producidos por el uso de la licencia o de la obra, salvo que lo exija expresamente la ley aplicable.||La licencia no establece nada al respecto. || || || || |
| 49 | ||'''''Prohibición de Patentes'''''||Patentes y derechos de marcas no versarán sobre los derechos concedidas bajo esta licencia.|| No se mencionan a las patentes dentro de la licencia. || ||La licencia no establece nada al respecto.|| || || || |
| 50 | ||'''''Resolución de Conflictos'''''||No lo plantea.|| No hacen referencia a resolución de conflictos dentro de esta licencia. ||No lo establece de manera expresa; sin embargo, la cláusula 8(e) indica que la licencia refleja el acuerdo entre las partes lo que lleva a presumir que la resolución de conflictos debe hacerse en forma amistosa.|| || || || |