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Creative Commons Venezuela

Minuta 02-2015

Lugar:Salón primer piso del edificio de la Fundación Cenditel
Hora inicio:10am
Hora fin:11:40am
Fecha:08/06/2015
Asistentes:Maricela Montilla (MM), Daisy Villasana (DV), Alberto Medrano (AM) y Solazver Solé (SS)
Responsable:Solazver Solé
Puntos tratados:Revisar la licencia Creative Commons Venezuela (CC VE)
Consideraciones generales:* La definición de Autor Original de CC VE considera, a menos que se demuestre lo contrario, como autor original a la persona inscrita en el registro de la producción intelectual. Con esta definición se abrió la discusión sobre la existencia de un registro de producción intelectual en Venezuela, buscamos en el sitio web del SAPI sin encontrar la publicación de un registro de producción intelectual. Tanto en CC v3 como en CC VE se menciona al registro de la propiedad intelectual, mientras que en CC v4 no se hace referencia a este registro.
* La definición de "Distribuir" contempla la venta de la obra, sus copias u obras derivadas, ¿puede considerarse como una vinculación a marcas y patentes del SAPI?.
* La definición de "Reproducir" indica que "significa hacer copias de las Obra, incluyendo, sin limitación, grabaciones sonoras o visuales, y el derecho a determinar la reproducción de la Obra, incluyendo el almacenamiento de una interpretación o fonograma protegido en forma digital o cualquier otro medio electrónico.", con respecto a la frase "protegido en forma digital o cualquier otro medio electrónico" se generó la duda si hace referencia a medidas tecnológicas efectivas tales como los DRMs.
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* Las garantías preservan el derecho de autor.
* Licenciante puede ser diferente al autor original.
* No hay garantías de titularidad y comercialización vs definiciones de "Licenciante" y "Distribuir".
* Cláusula 5: algunas jurisdicciones ¿Venezuela no es la jurisdicción?.
* 1185 del código civil vs cláusula 6
* 8f) derechos patrimoniales pueden ser ejercidos, venta.
* CC es un formato, va mas a lo masivo, contrato de adhesión.
* Cláusula 4 son medidas tecnológicas efectivas.
* ¿Venezuela suscribe convenio WIPO?. Amparo cautelar.
* Concesiones y restricciones son la columna vertebral de la licencia.
* 8 a) y b) viralidad de la licencia.
* Escenarios según concesiones, escenario único para nuestra licencia¿?
Conclusiones:
Próxima reunión:15/06/2015
Observaciones adicionales: