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Licenciamiento

Equipo de trabajo

Integrantes del equipo de trabajo

2015

Presentaciones sobre las Licencias de Contenido

Minutas revisión licencias de contenido

Matriz de Licencias para Contenidos

Nombre Licencia /
Nombre Cláusula
CC Internacional CC Venezuela Producción Pares GFDL Arte Libre DSL Observaciones Adicionales
PreámbuloxxxxxxxxxxxxNo tiene, pero colocan una aclaratoria sobre la corporación CC que no presta servicios legales ni la licencia establece una relación abogado-cliente, sin garantías ni responsabilidad por daños a terceros.La Licencia no lo establece como tal; no obstante, se infiere de la presentación que antecede a su cuerpo normativo (cláusulas) que es una Licencia Copyfarleft y se constituye como un contrato.Aplica a cualquier manual, libro de texto, u otro documento sea libre: copiarlo y redistribuirlo, con o sin modificaciones, de manera comercial o no. Los trabajos derivados del documento deben ser igualmente libres. Licencia para usarla en manuales de software libre, pero no se limita a ese tipo de obras. Trabajos cuyo fin sea el instructivo o de referencia.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Objeto No está definido explícitamente su objeto, pero previo a las definiciones indican que van a describir los términos bajo los cuales se proporciona una obra y se establece que la obra está protegida por Derechos de Autor. De la cláusula 3, denominada “Otorgamiento de la Licencia”, se desprende el objeto: otorgar derechos para la reproducción de una obra y su incorporación en una o más Colecciones y la reproducción de una obra incorporada en las Colecciones; la creación y reproducción de Adaptaciones; la distribución y ejecución pública de una obra incluyendo su incorporación en colecciones y, la distribución y ejecución pública de las Adaptaciones. Aplica a cualquier manual o trabajo que tenga una nota de derecho de autor. Garantiza el uso del trabajo bajo la licencia.
Definiciones Obra la definen como "toda creación intelectual de naturaleza artística, literaria o científica...", también definen Obra derivada, Colección, Autor original, Licenciante, Licenciatario, Distribuir, Reproducir y comunicación Pública. La definición de "Distribuir" contempla la venta, alquiler o préstamo de la obra, sus copias u obras derivadas. Se considera como Autor original, a menos que se demuestre lo contrario, a la persona inscrita en el registro de la producción intelectual.Se encuentran en la cláusula 1 los siguientes términos: a. Adaptación: referida a “Obra Derivada” que pueda ser transformada o modificada, a excepción de aquella que forme parte de una Colección. b. Colección: recopilaciones de obras literarias o artísticas que en razón de sus contenidos, selección y distribución, constituyen creaciones intelectuales, en las cuales la obra se incluye sin modificaciones y junto con otra forma un todo colectivo. c. Distribuir: poner a disposición del público el original y las copias de la Obra o Adaptación, venta u otra transferencia de dominio o posesión. d. Elementos de la Licencia: alude a los atributos de Atribución, No-Capitalista, Compartir Igual. e. Licenciante: quien(es) ofrece(n) la Obra conforme a las condiciones de la licencia. f. Autor Original: persona(s) que crearon la Obra, editor (en caso de no existir identificación del creador). Describe ampliamente a quien(es) se considera(n) autor en casos de interpretaciones artísticas, fonogramas y emisiones. g.- Obra: Creación literaria y/o artística, de tipo digital, dramática, coreográfica, composición musical, audiovisual, dibujo, obra fotográfica, creación de arte aplicada, representación; todas éstas y sus análogas debidamente especificadas en el literal g, que sea(n) protegida(s) como obra por el derecho de autor. h. Usted: quien(es) ejercen los derechos otorgados por la licencia y que, con anterioridad, no ha violado las condiciones de la misma respecto a la Obra, o que estando incurso en violaciones respecto de la Obra, obtenga autorización expresa por parte del Licenciante para ejercer derechos sobre la obra. i. Ejecutar Públicamente: comunicar públicamente, poner a disposición del público, interpretar, transmitir y retransmitir la Obra. j. Reproducir: fijar la Obra por un medio que permita su comunicación, copias y almacenamiento.Contempla las definiciones de: documento; persona; aceptación; versión modificada del documento; sección secundaria; secciones invariantes; textos de cubierta; copia transparente del documento; copia opaca; portada; y limitaciones de garantía.
Tipo de Licencia Permisiva con estrecha vinculación a los Derechos de Autor y su posibilidad de explotar los derechos. Licencia mundial, gratuita, no exclusiva y permanente (durante todo el período de vigencia de los derechos de autor).Licencia de tipo copyleft, que significa que los trabajos derivados del documento deben a su vez ser libres en el mismo sentido. Además es una licencia gratuita, no exclusiva y universal.
Términos de Uso La cláusula 2 prevé la adecuación de la licencia a los derechos de usos permitidos por leyes que resulten aplicables; es decir, no es restrictiva, no disminuye, no limita los derechos de autor y conexos previstos en la ley u otras legislaciones que resulten aplicables.La licencia aplica a cualquier manual u otro trabajo, en cualquier soporte, que contenga una nota del propietario de los derechos de autor que indique que puede ser distribuido bajo los términos de la Licencia. Tal nota garantiza en cualquier lugar del mundo, sin pago de derechos y sin límite de tiempo, el uso de dicho trabajo según las condiciones estipuladas.
Términos de Copia Prevé: 1.- Obligación de inclusión de una copia de la licencia, o del Identificador Universal de Recursos (IUR), con la copia de la Obra que se pretenda distribuir o ejecutar públicamente. 2.- Prohibición de establecer condiciones no previstas en la licencia. 3.- Prohibición de sub-licenciamiento de la obra. 4.- Obligación de inclusión de avisos sobre la licencia. 5.- Obligación de copia de la cláusula de garantía. 6.- Prohibición de imposición de medida tecnológica efectiva sobre la obra que restrinja la capacidad de un destinatario de ejercer los derechos otorgados a dicho destinatario bajo los términos de la licencia.Copia Literal: a) Copiar y distribuir el documento = 1) cualquier soporte, 2) comercial o no, 3) nota de copyright, 4) licencia, 5) no añadir condiciones adicionales a la licencia. b) Prohibido usar medidas técnicas para obstruir o controlar la lectura o copia posterior de las copias. c) Puede aceptar compensación a cambio de la copia. d) Puede prestar copias y exhibirlas públicamente. Copia en Cantidad: a) Si publica más de 100 copias impresas del documento y la nota de licencia exigen Textos de Cubierta, debe incluir en las copias los textos de cubierta delantera y trasera. b) en las cubiertas identificarse como editor de las copias. c) Si publica o distribuye más de 100 copias opacas del documento debe incluir con cada copia una copia transparente o mostrar en cada copia opaca una dirección de red para dar acceso a la copia transparente del documento por lo menos por 1 año. d) Establecer contacto con los autores del documento antes de redistribuir para obtener la versión actualizada.
Términos de Modificación Requiere que se tomen medidas razonables que permitan identificar con claridad las modificaciones efectuadas a la obra original. Copiar y distribuir la versión modificada del documento = 1) liberarla bajo la misma licencia, 2) permitiendo la distribución y modificación. En la versión modificada: a) usar en la portada un título distinto al del documento y sus versiones anteriores = historial del documento, permiso del autor. b) Listar en la portada a los autores de las modificaciones y a los autores principales. c) Nombre del editor de la versión modificada. d) Conservar las notas de copyright. e) Nota de copyright a las modificaciones. f) Nota de licencia: permiso para usar versión modificada. g) Conservar en las notas de licencia el listado de las secciones invariantes y de los textos de cubierta. h) Incluir copia de la licencia. i) Conservar la sección historia y su título, añadir el año, los nuevos autores y el editor de la versión modificada. Sino existe entonces debe crearse y agregar la descripción de la versión modificada. j) Conservar las direcciones de red = acceso a copia transparente = sección historia. k) Conservar el título y el tono de la sección agradecimientos o dedicatorias. l) Conservar todas las secciones invariantes del documento. m) Borrar sección de aprobaciones. n) No cambiar el título de ninguna sección. o) Conservar todas las limitaciones de garantía. Si la versión modificada incluye secciones secundarias puede designarlas como secciones invariantes. Puede añadir la sección aprobaciones de su versión modificada. Puede agregar texto de cubierta delantera y texto de cubierta trasera. Si ya lo has añadido no puedes hacerlo nuevamente, pero puede reemplazarlo con permiso explícito del editor. No se puede usar el nombre de los autores y editores para publicidad o aprobación de la versión modificada.
Obras Derivadas Están previstas bajo el término “Adaptación”. Son creaciones basadas en la obra, o basada en la obra y otras creaciones preexistentes, tales como una traducción, una obra derivada, arreglo musical u otra modificación de una obra literaria o artística, o de un fonograma o interpretación, e incluye las adaptaciones cinematográficas o cualquier otra forma en que la obra pueda ser transformada o modificada, comprendiendo cualquier forma reconocible derivada de la original, que constituya una creación autónoma, excepto la obra que forme parte de una Colección.La licencia no hace referencia a las obras derivadas, más allá de la posibilidad de modificar que contempla.
Nuevas Versiones de la Obra Los trabajos derivados del documento deben a su vez ser libres en el mismo sentido.
Compatibilidad de Licencias El literal f de la cláusula 4, referida a las restricciones, establece un sistema de compatibilidades de acuerdo con la condición de éstas; vale decir, si se trata de Licencias Obligatorias No Renunciables, Licencias Obligatorias Renunciables y, Licencias Voluntarias. Refiere a la sección 4(c) para las compatibilidades con Licencias Obligatorias Renunciables y Licencias Voluntarias, en cuyo caso se podrán ejercer con fines comerciales los derechos otorgados para la distribución y ejecución pública de la obra, incluyendo su incorporación en colecciones, si quien pretende el ejercicio de los derechos otorgados por la licencia pertenece a organización sin fines de lucro, bajo control de los trabajadores o si la plusvalía se distribuye entre trabajadores de organizaciones de esta naturaleza.La licencia no establece nada al respecto.
Términos de Distribución La cláusula 4, tanto en el literal a como en el literal e, establecen restricciones (que en general constituyen condiciones) a la distribución. Están referidas a avisos de autoría, título, crédito que identifique la adaptación, etc...Se puede distribuir el documento = 1) cualquier soporte, 2) comercial o no, 3) nota de copyright, 4) licencia, 5) no añadir condiciones adicionales a la licencia. Si publica más de 100 copias impresas del documento y la nota de licencia exigen Textos de Cubierta, debe incluir en las copias los textos de cubierta delantera y trasera. Si publica o distribuye más de 100 copias opacas del documento debe incluir con cada copia una copia transparente o mostrar en cada copia opaca una dirección de red para dar acceso a la copia transparente del documento por lo menos por 1 año. Debe establecer contacto con los autores del documento antes de redistribuir para obtener la versión actualizada. Se puede copiar y distribuir la versión modificada del documento siempre que 1) se libere bajo la misma licencia, 2) permita la distribución y modificación.
Repositorio La licencia no establece nada al respecto.
Preservación de la Licencia La licencia no establece nada al respecto.
Propagación de la Licencia El Licenciante se reserva el derecho a publicar y/o estrenar la Obra bajo condiciones de licencia diferentes o a dejar de distribuirla en los términos de esta Licencia en cualquier momento; sin embargo, cualquiera sea la elección, ella no surtirá efecto retroactivo respecto de la Licencia de este ejemplar de la obra (o cualquier otra Licencia que haya sido otorgada, o le haya sido exigida, bajo los términos de ésta). La Licencia revocada continuará siendo plenamente vigente y efectiva, en relación con los ejemplares de la obra distribuidos con ella, si no se le da término en las condiciones indicadas anteriormente.Los trabajos derivados del documento deben a su vez ser libres en el mismo sentido y no se pueden colocar condiciones adicionales a las establecidas en la licencia.
Visibilidad de la Licencia En el texto de la licencia no se encuentra nada al respecto, pero al final se encuentra un punto denominado "Adenda: Cómo usar la licencia en los documentos" que indica la información que se debe colocar y en que lugar del documento.
Irrenunciabilidad de D M Los derechos morales no se verán alterados por esta Licencia en la medida que éstos sean reconocidos, y no considerados renunciables, por el derecho aplicable.La licencia no establece nada al respecto.
Aceptación de la Licencia Se acepta la licencia si se copia, modifica o distribuye el trabajo de cualquier modo que requiera permiso según la ley de propiedad intelectual.
Vigencia de la Licencia Es permanente (durante el período de vigencia de los derechos de autor de la obra).La licencia no establece nada al respecto.
Nuevas Versiones de la Licencia La Free Software Foundation puede publicar versiones nuevas y revisadas de la Licencia de Documentación Libre GNU. Tales versiones nuevas serán similares en espíritu a la presente versión, pero pueden diferir en detalles para solucionar nuevos problemas o intereses. Cada versión de la Licencia tiene un número de versión que la distingue.
Cese o Terminación de la Licencia Los derechos otorgados cesan con la infracción de los términos. No alcanza a quienes hayan recibido del infractor adaptaciones o colecciones, siempre que cumplan condiciones.Usted no puede copiar, modificar, sublicenciar o distribuir el Documento salvo por lo permitido expresamente por esta licencia. Cualquier otro intento de copia, modificación, sublicenciamiento o distribución del Documento es nulo, y dará por terminados automáticamente sus derechos bajo esa Licencia. Sin embargo, los terceros que hayan recibido copias, o derechos, de usted bajo esta Licencia no verán terminadas sus licencias, siempre que permanezcan en total conformidad con ella.
Ausencia de Garantía Deja a voluntad de las partes el establecimiento de garantías. De no establecerlas las partes o la legislación, el licenciante no ofrece garantías respecto de la obra. Si la legislación patria no permite la exclusión de garantías ímplicitas, la exclusión no se aplica.El documento puede incluir Limitaciones de Garantía cercanas a la nota donde se declara que al documento se le aplica esta Licencia. Se considera que estas Limitaciones de Garantía están incluidas, por referencia, en la Licencia, pero sólo en cuanto a limitaciones de garantía: cualquier otra implicación que estas Limitaciones de Garantía puedan tener es nula y no tiene efecto en el significado de esta Licencia.
Ausencia de Responsabilidad Exime de responsabilidad extracontractual o contractual, objetivas o subjetivas, se trate de daños morales o patrimoniales, directos o indirectos, previstos o imprevistos producidos por el uso de la licencia o de la obra, salvo que lo exija expresamente la ley aplicable.La licencia no establece nada al respecto.
Prohibición de Patentes La licencia no establece nada al respecto.
Resolución de Conflictos No lo establece de manera expresa; sin embargo, la cláusula 8(e) indica que la licencia refleja el acuerdo entre las partes lo que lleva a presumir que la resolución de conflictos debe hacerse en forma amistosa.

2014

Justificación

La finalidad de esta página es mostrar el trabajo que en materia de licenciamiento se viene desarrollando en la Fundación CENDITEL, puesto que se ha considerado importante diseñar y desarrollar esquemas de licenciamiento que respondan a nuestro contexto nacional y que no contravengan el ordenamiento jurídico venezolano.

Propuestas Desarrolladas

En un primer momento se ha emprendido la tarea de estructurar y elaborar una licencia para el software que se desarrolla en la Fundación CENDITEL. Para ello se procedió a revisar y analizar algunas de las licencias más usadas en este ámbito para determinar sus ventajas y desventajas, y en función de ellas ir planteando una estructura para nuestra licencia. En seguida se publican algunos materiales sobre los estudios, investigaciones y disertaciones que en este proceso realizó el equipo de trabajo.

Revisión de Licencias

Minuta_Planificación_Licencia

Licencia GPL V2

Minuta_1_GPLV2

Minuta_2_GPLV2

Minuta_3_GPLV2

Informe_Licencia_GPLV2

Licencia GPL V3

Minuta_1_GPLV3

Minuta_2_GPLV3

Minuta_3_GPLV3

Minuta_4_GPLV3

Informe_Licencia_GPLV3

Licencia Pública de la Unión Europea

Minuta_1_Unión_Europea

Minuta_2_Unión_Europea

Minuta_3_Unión_Europea

Informe_Licencia_Unión_Europea

Licencia de Producción de Pares

Minuta_1_Producción_Pares

Informe_Licencia_Producción_Pares

Licencia Pública de Marca - Brasil

Minuta_1_Licencia_Brasil

Minuta_2_Licencia_Brasil

Informe_Licencia_Brasil

Primeros Resultados

Luego de la revisión de las licencias se elaboró una matriz de licencias a fin de establecer las semejanzas, diferencias y ausencias presentes en cada una de ellas.

Matriz de Licencias

Matriz_de_Licencias_Definitiva

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